Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EJECUTADA LA SENTENCIA CONDENATORIA, dictada por el Tribunal Tercero de Control de esta Extensión Judicial, que condenó al ciudadano ANTONIO JOSE TERAN ARGUELLO, de nacionalidad venezolano, natural de Punto Fijo estado Falcón, de 22 años de edad, nacido en fecha 24/05/1990, soltero, de profesión u oficio obrero, con residencia Sector Ezequiel Zamora, calle 02, casa número 49 de esta de Punto Fijo Estado Falcón, titular de la cedula de identidad numero V-19.647.643, hijo de Celia Terán y Antonio Terán, teléfono Nro 0269-2464565, a cumplir la pena de CINCO (5) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 458 concatenado con el artículo 82 del Código Penal venezolano, en perjuic.....