Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA REDENCIÓN DE LA PENA POR TRABAJO Y ESTUDIO, a favor del que el ciudadano SERGIO ANTONIO COLINA QUEVEDO, de nacionalidad venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 15.140.182, nacido en fecha 19-10-59, de 35 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio agente de seguridad, residenciado en el sector Bolívar Callejón Miranda casa sin numero, de Punto Fijo, estado Falcón, teléfono: 0426-9113465 (esposa) consistente en UN (1) AÑO Y TRES (3) DIAS, de trabajo y estudio realizados en la Comunidad Penitenciaria de la Ciudad de Coro, estado Falcón, todas avaladas la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa de ese centro penitenciario, de conformidad a lo previsto en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial d.....