Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EJECUTADA LA SENTENCIA CONDENATORIA, dictada por el Tribunal Primero de Juicio de esta Extensión Judicial, que condenó al ciudadano EURO ANTONIO PEROZO NUÑEZ, de nacionalidad venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-18.919.748, nacido en fecha 25/09/1980, de 32 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de Euro Perozo y Fidelina Nuñez residenciada en Municipio San francisco Urbanización la popular sector 12, vereda 10 casa 28 , de la ciudad de Maracaibo Estado Zulia, a cumplir la pena de CINCO (05) AÑOS DE PRISIÓN por la comisión del delito TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIA ESTUPEFACIENTE Y PSICOTROPICAS, EN LA MODALIDAD DE OCULTACIÒN previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 149 de la Ley Orgánica de Dr.....