Una vez, realizadas las anteriores proyecciones en el presente auto de nuevo computo, es que éste Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, en su extensión de Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, Ordena en atención a lo solicitado, la imposición personal del presente auto de nuevo cómputo de pena al penado ROBERTO CARLOS ZABALA REVILLA, Titular de la Cédula de Identidad Nº 17.667.507, 12-11-1982, 25 años, soltero, 4to Grado, Obrero, Natural de Punto Fijo Estado Falcón y residenciado en Nuevo Pueblo Norte, calle Tropical, casa rosada con marrón detrás de toyofalcòn de esta ciudad de Punto Fijo, Estado Falcón. 0269-4157842 e hijo de Yolet Revilla e Hilario Zavala. Condenado a Cumplir una pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRISION, por la comisión del delito de ROBO A MANO ARMADA Y RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en los Artículos 458 y 218 del Código Penal vigente.
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