DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA EJECUTADA LA SENTENCIA CONDENATORIA, dictada por el Juzgado Segundo en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, que condenó al ciudadano GLENDA JHOANA AMAYA LUGO, a cumplir la penal de DOS (02) AÑOS Y OCHO (08) MESES DE PRISIÒN MAS LAS ACCESORIAS DE LEY, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO EN EL ARTÍCULO 16 DEL CÓDIGO PENAL, por la comisión del delito de HURTO CON FRACTURA EN GRADO DE FRUSTRACION BAJO LA MODALIDAD DE COOPERADOR, previsto y sancionado en el articulo 453 ordinal 4, en concordancia con el 83 y segundo aparte del articulo 80 del Código Penal, en perjuicio de JHONATAN ARLEGHI CENTENO. Como consecuencia de la anterior declaratoria se ACUERDA PRIMERO: Fijar la Audiencia de Imposición .....