DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA REDENCIÓN DE LA PENA POR TRABAJO Y ESTUDIO, a favor del penado YOAN JOSE RAZZ SALAS, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 15.807.650, albañil, hijo de Antonio José Razz y de Yolanda Salas, nacido en fecha: 19-09-1982, soltero, residenciado: Urbanización Ciudad Federación, manzana 18, calle principal, consistente en NUEVE (9) MESES Y VEINTISIETE (27) DIAS, de trabajo y estudio realizados en la Penitenciaria General de Venezuela, Estado Guarico, todas avaladas la Junta de Rehabilitación Laboral y Educativa de ese centro penitenciario, de conformidad a lo previsto en el artículo 3 de la Ley de Redención Judicial de la Pena por Estudio y Trabajo, en concordancia con lo previsto en los artículos 496 y 497 del Código Orgáni.....