Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA LA CONMUTACIÓN DE LA PENA DE PRISIÓN EN CONFINAMIENTO, a favor del penado ciudadano JUAN CARLOS ARNAEZ ALVAREZ, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-18.156.006, venezolano, natural de Valencia, estado Carabobo, nacido en fecha 24/12/1985, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de ocupación soldador y residenciado en el Sector Universitario, calle Principal, casa s/n, color verde, por la bloquera de los gochos, punto fijo estado Falcón, y como consecuencia de la anterior declaratoria ACUERDA PRIMERO: LA LIBERTAD INMEDIATA del penado JUAN CARLOS ARNAEZ ALVAREZ, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-18.156.006, por lo que se ordena LIBRAR LA CORRESPONDIENTE BOLETA DE EXCARCELACIÓN AL DIRECTOR en el INTERNADO JUDICIAL DE YARACUY, ESTADO YAR.....