este Tribunal de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón Extensión Punto Fijo, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara Con lugar la redención de pena solicitada a favor del penado MELVIN JOSE AMAYA QUERALES, venezolano, de 19 años de edad, portador de la cedula de identidad N°V- 17.500.740, grado de instrucción: estudiante, hijo de Alejandro Amaya y Maritza Margot, domiciliado en el Callejón Bolívar, casa Nro. 02, Caja de Agua cerca de Luferma, Punto Fijo Estado Falcón; y en consecuencia declara REDIMIDA LA PENA por el trabajo y el estudio realizado por éste en ese centro carcelario en Ocho (08) Meses y Quince (15) Días, tiempo éste de redención que deberá descontarse del tiempo de pena que le queda por cumplir, y así se decide. Notifíquese a las partes.
Jueza Única de Ejecución
Abg. Morela Ferrer Barboza
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