Así mismo el penado YOVANNY GREGORIO HENRIQUEZ MEDINA, podrá solicitar la conversión de la pena de Prisión que le falte por cumplir, en Confinamiento, cuando hayan cumplido, las ¾ partes de la pena, es decir dos (02) Años y seis (06) meses, (ya cumplidos). Una vez, realizadas las anteriores proyecciones en el presente auto de nuevo computo, es que éste Tribunal Único de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón en su extensión de Punto Fijo, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad de la Ley, Ordena en atención a lo solicitado, la imposición personal del presente auto de nuevo cómputo de pena al penado YOVANNY GREGORIO HENRIQUEZ MEDINA, Titular de la Cédula de Identidad Nº 17.103.753, soltero, 16¿12¿1983, 24 años, 3er año, Mesonero, Natural de Churuguara del Estado Falcón y residenciado en Punta Cardón, calle Acosta casa N° 57 de color azul, a tres casas de la carnicería complaciente, Teléfono 04165640893, hijo de Hugo .....