...el Tribunal conforme a lo establecido en el Artículo 267, Ordinal 1° del Código de Procedimiento Civil, y sentencia N° 1357-04 de fecha 06 de Julio del 2004 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, impartiendo justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley. Se ordena el archivo del expediente con posterior remisión al Registro Principal del Estado Falcón, en la oportunidad que corresponda.- Notifíquese a la parte demandante de la presente decisión, de conformidad con el artículo 269 del Código de Procedimiento Civil.-Suspéndase la medida decretada
Publíquese y Regístrese
Dado, firmado y sellado en la sala del Despacho del Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Punto Fijo, a los doce (12) días del mes de Diciembre del año Dos Mil Siete. Años 197° de la Independencia y 148° de la Fe.....