...el Tribunal sin prejuzgar respecto a la veracidad o no de dichas testimoniales y dejando a salvo los derechos de terceros, conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, las declara suficiente para asegurar la propiedad y por ende TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD, a favor de la ciudadana Gregoria Agüero Carrasquero, antes identificada, sobre una edificación de dos plantas, ubicadas en la Calle Ayacucho entre Calle Independencia y Prolongación Paraguay de la ciudad de Punto Fijo, Municipio Carirubana del Estado Falcón debidamente descritas en la solicitud.- Devuélvanse los originales a la interesada y déjese copia certificada en el archivo del tribunal.-
El Juez Titular,
Abg. Camilo Hurtado Lores
La Secretaria Titular,
Abg. Maraly Marín López.-
Nota: En esta misma fecha, quedo anotado en el Libro de Sol.....