este Tribunal de acuerdo a lo preceptuado en los artículos 773 y 774 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, ordena en forma SUMARIA, ESTAMPAR la debida nota marginal en el Acta de NACIMIENTO del ciudadano ARNALDO ALEXANDRO CHIOMENTO CHÁVEZ, la cual corre inserta en los libros de registros de Nacimiento que reposan en la Dirección Municipal de Política, Seguridad y Registro Civil del Municipio San Francisco del Estado Falcón, y en el duplicado de los Libros de Registro Civil de Nacimiento que reposan en el archivo de la Oficina de Registro Principal del Estado Falcón, bajo el No. 01, de fecha 03 de Enero de 1966, de la siguiente manera donde dice: "ARMANDO" refiriéndose al nombre del padre del solicitante, debe decir: "ARNALDO", que es lo correcto y verdadero, y donde obviaron escribir el segundo apellido que es BASSO, debe decir: "ARNALDO CHIOMENTO BASSO", que es lo correcto y verdadero y ASÍ SE DECIDE.