Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Tucacas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: INADMISIBLE LA ACCIÓN DE REIVINDICACIÓN incoada por el apoderado judicial de la sociedad mercantil INVERSIONES MURCIA C.A contra los ciudadanos Francisco Botaro y Santos Botaro. Así se decide.-