Visto el desistimiento realizado por la abogada IVELLIE FIGUEROA, con el carácter de apoderada judicial de la parte demandante, referida al ciudadano JOSÉ LUIS LEDEZMA, codemandado en el presente juicio y suficientemente identificado en autos, el cual corre inserto en los folios ciento setenta y uno (171) y ciento setenta y dos (172) del expediente N° 2570, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho, este Tribunal le imparte su homologación, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.