En consecuencia, se acuerda agregar a los autos del presente expediente los escritos presentados, contentivo de la transacción celebrada entre las partes, y por cuanto tal actuación no es contraria a derecho, este Tribunal le imparte su homologación, de conformidad con lo establecido en los artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, acordando tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.- El Tribunal dará por terminado el presente procedimiento y ordenará el archivo del expediente una vez que conste en autos el cumplimiento total de las cláusulas contenidas en el mencionado escrito de transacción.- Cúmplase lo ordenado.-
El Juez
Abg. LUIS B. ZAMBRANO ROA
La Secretaria
Abg. DÉLIDA YÉPEZ DE QUEVEDO