Por las razones de hecho y derecho antes expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil Mercantil Transito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón con sede en Tucacas, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda de Cobro de Bolívares por la vía de Intimación incoada por la ciudadana MARIAURY SILVA HERRERA contra la sociedad de comercio RAMÍREZ ORGANIZADOS, C.A. en la persona de su representante legal, ciudadano Oswaldo Ramírez, todos plenamente identificados. En consecuencia la parte demandada perdidosa deberá pagar a la parte demandante lo siguiente:
1.- CIENTO OCHENTA Y SIETE MILLONES DE BOLÍVARES (Bs.187.000.000,00), es decir la cantidad de CIENTO OCHENTA Y SIETE MIL BOLÍVARES FUERTES (BsF.187.000,00).
2.- Los intereses correspondientes al 5% anual sobre el monto de la deuda principal de conformidad con el artículo 456 del Código de Comercio en su ordinal 2°, aplicable de conformidad a lo dispuesto en el artículo .....