Vista la diligencia presentada por la representación judicial de la parte demandante, mediante la cual solicita ser designado correo especial a los efectos de llevar hasta la sede de la consultoría jurídica del Instituto Venezolano de Investigaciones Científicas (IVIC) en Caracas, el oficio mediante el cual se solicita experticia heredobiológica. El Tribunal niega lo solicitado, por cuanto se trata de una prueba promovida dentro del debate probatorio, la cual no debe ser tramitada por las partes.