Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara DESISTIDA la demanda por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO incoada por el ciudadano RAMZI SUJAA, contra el ciudadano ÁNGEL ANTONIO LOAIZA, todos plenamente identificados en el texto del presente fallo, dando por terminado el presente procedimiento acordando tenerlo como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
De conformidad con el artículo 283 del Código de Procedimiento Civil, no hay condenatoria en costas.