En merito de de las consideraciones precedentemente expuestas este Juzgado Superior Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: SIN LUGAR, el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano JUAN CARLOS BARRETO DUQUE, titular de la cédula de identidad Nº V-6.894.602, debidamente asistido por los abogados ERNERYS ACOSTA y JOSÉ GREGORIO CASTILLO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nros. 154.443 y 154.390, respectivamente contra la SECRETARÍA DE SALUD DEL ESTADO FALCÓN.