Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal 1° de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA, seguida en contra del ciudadano VICTOR OLIMPO SILVA LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° 6.723.711, nacido en fecha 16-04-1967, de oficio fabricador de bloques, residenciado en el Barrio La Florida Calle el Sal, al final, casa sin número, frente a la quebrada de Chávez, a cinco casas de Representaciones Medina, de la ciudad de Coro del Estado Falcón, teléfono: 0416-2218225; por el delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, previsto y sancionado en el artículo 40 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana CARMEN LUCIA BERMÚDEZ, de acuerdo con lo establecido en.....