En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Decreta La detención flagrante por cuanto se encuentran llenos los requisitos previstos en el Artículo 96 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de Las Mujeres a una vida libre de violencia SEGUNDO: Se acuerda que el presente procedimiento se siga por el previsto en el Artículo 97 Ejusdem, por cuanto se considera que existen múltiples diligencias por practicar. TERCERO: ACREDITA la precalificación dada por el ministerio público por el presunto delito de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Especial. CUARTO: Por cuanto este Juzgador considera que el delito Imputado y acreditado en la audiencia de presentación, lesiona la Integridad Psicológica y Física de la Víct.....