Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con competencia en Delitos de de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano JERRI DARIO CRESPO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 07.491.577, casado, reside en Sector Don Lucas de la Montañita, casa sin número, de Carretera Falcón Zulia, por la comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA, previsto y sancionado en el articulo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujer a una Vida Libre de Violencia, concatenado con Lesiones Graves, previsto y sancionado en el artículo 415 del Código Penal y, declara extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con lo establecido en el artículo 46, el ordinal 3° de.....