Este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Control, Audiencias y Medidas Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Decreta:
PRIMERO: Se declara CON LUGAR la precalificación solicitada por la representación del Ministerio Publico los delitos de AMENAZA y VIOLENCIA FÍSICA CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previstos y sancionados en los artículos 41 y 42 en concordancia con el artículo 68.3 Ley Orgánica sobre el Derecho de Las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
SEGUNDO: Se impone al ciudadano: JUNIOR BETANCOURT GÓMEZ, venezolano, nacido en Valencia, Estado Carabobo en fecha 16/19/1994; de 20 años de edad, Soltero, titular de la cédula de identidad N° 27.605.092, la Medida Cautelar Sustitutiva a la Libertad establecida en el artículo 242.3 del Código Orgánico Procesal Penal referente a la medida de presentación cada treinta (30) días por ante la sede de este Tribunal; y las previstas en el artículo 95 numerales .....