Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas del Circuito Judicial con competencia en Delitos de de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano NEPXAVIER JOSSUE GARCIA ORTEGA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 18.048.034, nacido en Coro Estado Falcón, en fecha 21-03-1986, profesión u oficio comerciante, de estado civil soltero, residenciado en Urbanización Cruz Verde, calle 5, vereda 8, sector 2 No. 28 de esta Ciudad de Coro Estado Falcón, por la comisión del delito de AMENAZA, previsto y sancionado en el articulo 41 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujer a una Vida Libre de Violencia, y, declara extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformidad con lo establecido e.....