Por las razones antes expuestas, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencia y Medidas del Circuito Judicial con competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA a favor del ciudadano ROMULO MANUEL RODRIGUEZ VARGAS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-13.284.765, nacido en Coro Estado Falcón, en fecha 04/10/1978, profesión u oficio Docente, de estado civil casado, residenciado en la Urbanización las Delicias final calle Iturbe, casa N° 07, detrás de la ferretería Marcone, Coro Estado Falcón, por la comisión del delito de VIOLENCIA PSICOLÓGICA previsto y sancionado en el articulo 39 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y, declara extinguida la Acción Penal en el presente asunto, de conformi.....