Fue recibida por distribución vía correo electrónico de fecha veintisiete (27) de agosto de dos mil veintiuno (2021), y, consignados los respectivos documentos en original y físico en fecha catorce (14) de septiembre de dos mil veintiuno (2021), constantes de seis (06) folios útiles, solicitud de Divorcio por Mutuo Consentimiento presentada por los ciudadanos HILARION ANTONIO ROMERO PARTIDA Y JUANA MARCELINA LOYO PARTIDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 15.097.679 y 16.349.582, cónyuges, y domiciliados en el Sector Nueva Aurora Sur de la población del Municipio Dabajuro del Estado Falcón., debidamente asistidos por la abogada en ejercicio RAMONA SOTO, venezolana, mayor de edad e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 57.649, en la cual manifiestan que: "Con fecha 26 de Julio del 1999 Contrajimos