Fue recibida por distribución de fecha veintiuno (21) de noviembre de dos mil veintidós (2022), constantes de seis (06) folios útiles, solicitud de Divorcio 185 (Mutuo Consentimiento) presentada por los ciudadanos DONARIS FRANCISCA YEDRA MORALES y REINALDO ANDRES FIGUEROA PIÑERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 21.669.141 y 17.518.258, respectivamente, y domiciliados en el caserío Villa Bolivia, Parroquia Zazárida, Municipio Buchivacoa, Estado Falcón, debidamente asistidos por el profesional del derecho CESAR COLINA, venezolano, mayor de edad e inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 131.961; en la cual manifiestan