Examinados los documentos acompañados, las declaraciones de los ciudadanos LESBIA MARIA MONTERO MEDINA y ANGEL ALFONZO BAEZ, y las normas ut supra transcritas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, determina que son suficientes para declarar las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y POSESION a favor del ciudadano MIGUEL ANGEL GALICIA BRICEÑO, quien es venezolano, mayor de edad, de 30 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº V-16.756.360, de profesión u oficio Ingeniero, domiciliado en la avenida Este-8, casa Nº 23 de la urbanización Pedro Manuel Arcaya, sector Puerta Maraven, Parroquia Punta Cardón del Municipio Carirubana del Estado Falcón, sobre las bienhechurías anteriormente identificadas sin perjuicio de terceros de iguale.....