Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO FALCÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, con sede en Pueblo Nuevo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la presente acción de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO POR VENCIMIENTO DE PRÓRROGA LEGAL incoada por la ciudadana MARVELIS MARÍA CHIRINOS CUMARE, quien es venezolana, mayor de edad, casada, titular de la cédula de identidad N° V-8.775.655, de profesión u oficio Educadora, residenciada en la población de Buena Vista del Municipio Falcón del Estado Falcón, en contra del ciudadano RODOLFO ZAMIR ANTON ÁLVAREZ, también venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-11.764.848, domiciliado en la ciudad de Punto Fijo del Municipio Carirubana del Estado Falcón, con fundamento en las disposiciones contenidas en los artículos 1.600, 1.614 del Código Civil y artículo 34 del Decreto.....