Examinados los documentos acompañados, las declaraciones de los ciudadanos AULALIA COLINA RAMÍREZ y NOEL JESÚS CHIQUITO CHIQUITO, y las normas ut supra transcritas, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Falcón de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Pueblo Nuevo, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, determina que son suficientes para declarar las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD y POSESION a favor de la ciudadana NORMA LEONOR LUGO, venezolana, mayor de edad, de 45 años de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-10.968.722, de profesión u oficio Aseadora, domiciliada en Santa Rita, sector el Milagro, calle principal, Parroquia Adícora del Municipio Falcón del Estado Falcón, sobre las bienhechurias anteriormente identificadas sin perjuicio de terceros de iguales o mejores derechos, de conformidad con lo dispuesto en los Artícul.....