Por las razones que han sido expuestas, Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Silva, Monseñor Iturriza y Palmasola de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en Tucacas, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide: AMPLIAR la sentencia dictada el 09 de Julio de 2015 en el juicio de Nulidad de acuerdo o Decisión de junta de condominio que ejercieran los ciudadanos MARIO JOSÉ PENNESI VANNUCCI y CAMELIA GARCÍA SALA, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-4.815.483 y V-9.438.972, respectivamente, contra de la JUNTA DE CONDOMINIO DEL CONJUNTO RESIDENCIAL VACACIONAL GRAN MARINA TUCACAS y ASOCIACIÓN CIVIL GRAN MARINA, en la persona de su Presidente MARIO SIGNORINO GIARDINA, titular de la cédula de identidad N° V-6.081.688. Publíquese y regístrese. Cúmplase lo ordenado.