DISPOSITIVO DEL FALLO
Por todos los argumentos anteriormente señalados, este Tribunal Primero de Municipio Ordinario Y Ejecutor de Medidas Del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, con base en los artículos, 26, 49, 257 y 334 de la Constitución Nacional de la Republica y 12, 14, 15, 242, 243, 506, 507, 509 del Código de Procedimiento Civil, declara:
PRIMERO: CON LUGAR el punto previo alegado por el oferido, abogado Ricardo Alberto Morales y en consecuencia;
SEGUNDO: INVALIDA LA OFERTA REAL DE PAGO, efectuado por los ciudadanos JOSÉ MANUEL JIMÉNEZ BERMÚDEZ Y JEANETTE DAYANIRA GARCÍA GARCÍA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nº V.- 7.473.820 y Nº V.- 9.511.426, representado judicialmente por los abogados Gustavo Salgueiro y Isaac Pérez Garvett, inscritos en el inpreabogado bajo los Nros. 45.731 y 87.507, en contra del ciu.....