Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
Primero: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO presentada por el CARLOS LUIS NAVARRO MEDINA; asistido por el Abogado ALIRIO PALENCIA DOVALE; contra la ciudadana YAJAIRA AURORA LUGO MEDINA; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído ante en fecha 02/04/2005, ante el Registro Civil Parroquial Aracua del Municipio Bolívar del estado Falcón, según consta en Acta Nº 01, Folio 01, Año 2005. Segundo: Déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo del Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DIARÍCESE
Anéxese a la pieza principal el presente dispositivo. C.....