Con fundamento en las razones antes expuestas, este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR, la solicitud de DIVORCIO presentado por la ciudadana MAYJAIRY DEL CARMEN COLINA ZÁRRAGA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-13.026.201; contra el ciudadano OSCAR DANIEL GUTIÉRREZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No V.- 11.803.930; y por consiguiente, DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, que contrajeran ante la Primera autoridad Civil de la Parroquia San Antonio, Municipio Miranda del estado Falcón, en fecha 26/09/1990. SEGUNDO: Déjese copia certificada de la presente decisión en el archivo del Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE DECIDE.
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