DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR la apelación interpuesta por la parte actora, contra la decisión dictada en fecha 14 de octubre de 2015 por el Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Punto Fijo, en el juicio que por DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMAS CONCEPTOS LABORALES sigue el ciudadano GUILLERMO ANTONIO MARIN MENDEZ, contra la entidad de trabajo ZARAMELLA Y PAVAN CONSTRUCCIONES COMPANY, S.A. (Z Y P). SEGUNDO: Se CONFIRMA la sentencia recurrida en todas y cada una de sus partes. TERCERO: Se ordena REMITIR el presente asunto al Tribunal Tercero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Falcón, con sede en la ciudad de Punto Fijo, a los fines de que ordene el cierre y archivo definitivo del mismo, una vez que transcurra el lapso legal sin que las partes hayan interpuesto recurso alguno. CUARTO: NO HAY CONDENATORIA .....