DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARIRUBANA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO FALCÓN, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de divorcio formulada por los ciudadanos JOSÉ GREGORIO BARRIOS CORTÉZ y MARIELA EMILIA VELASCO RODRÍGUEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad N° V-10.270.098 y V-10.973.991, ambos de este domicilio, Municipio Carirubana del Estado Falcón; en consecuencia, queda disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron el día tres (03) de Agosto del año 2015, por ante el Registro Civil de la Parroquia Punta Cardón, Municipio Carirubana del Estado Falcón. Remítase copia certificada al Registrador Principal del estado Falcón y al Registrador Civil del Municipio Carirubana, Parroquia Punta Cardón del Estado Falcón, y entréguese copia certificada a cada uno de los solicitantes.
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