este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del estado Falcón, con sede en la ciudad de Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que la Ley le confiere, declara: Con Lugar la solicitud de sobreseimiento interpuesta por la Fiscalía Décima Cuarta del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Falcón, en el asunto IP01-P-2008-003131, instruido en contra del ciudadano Izzat Dub Nasralia, mayor de edad, titular de la cédula de identidad 5.009.755, quien puede ser ubicado en la calle Buchivacoa entre federación y Churuguara de la ciudad de Coro estado Falcón, por la presunta comisión del delito de Daños a Monumentos y Yacimientos, previsto y sancionado en el artículo 60 de la Ley Penal del Ambiente.