En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en función de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, declara SIN LUGAR, la solicitud de examen y revisión de medida cautelar interpuesta por el imputado TEODULO MEDINA HERNANDEZ, asistido judicialmente por los abogados Jesús La Rosa y Rafael Duno, todo conforme al artículo 264 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia NIEGA, la ampliación del régimen de presentaciones.
Regístrese, diaricese, déjese copia de la presente decisión y anéxese a la causa penal, remítase el cuaderno a la Fiscalía 1ra del Ministerio Público de forma inmediata en virtud de que la decisión aquí esgrimida no es recurrible por mandato del artículo 264 del COPP, pero se ordena la notificación del imputado para su debido conocimiento.
EL JUEZ,
JUAN CARLOS PALENCIA GUEVARA.
LA SECRETARIA,
OLIVIA BONARDES
En esta misma fecha como está ordenad.....