este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley Declara, Acuerda: DECLINAR LA COMPETENCIA en el Tribunal competente, en consecuencia, se ordena trasladar al ciudadano NAVA WUILIAN JOSE, nacionalidad venezolana, de 37 años de edad, Titular de la Cédula de Identidad Nro. V- 12.736.781, natural de Punto Fijo, residenciado en el Sector Los Rosales, calle número 6 casa, número 3, punta Cardon, Municipio Carirubana, Estado Falcón. Nacido el 04/11/73 y remitir junto al mismo las presentes actuaciones con la urgencia del caso al Circuito Judicial Penal de Barquisimeto Estado Lara, por encontrarse requerido por el Fuerte Manaure, Carora, Estado Lara, por el Delito de Desertor, todo de conformidad con los artículos 49 de la Constitución de la Republica Bolivariana de Venezuela, 57 y 71 del Código Orgáni.....