Por todo lo antes expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadales y Municipales en Funciones de Segundo Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Santa Ana de Coro, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 236, 237 y 238 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza del Código Orgánico Procesal Penal, DECRETA: PRIMERO: Se decreta PARCIALMENTE CON LUGAR la solicitud fiscal, y consecuencia se decreta la medida de privación judicial preventiva de libertad EN LA MODALIDAD DE DETENCIÓN DOMICILIARIA para la ciudadana MARLENE DAYANGEL VENTURA RUIZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 16.197.774 y CLEOMAR RAFAEL MEDINA POLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 12.733.242, por la presunta comisión del delito de CONCUSIÓN, previsto y sancionado en el articulo 62, TRAFICO DE INFLUENCIAS, prev.....