Este Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud presentada por el Abg. NELSON GARCIA, en su carácter de Fiscal Décimo del Ministerio Público del Estado Falcón, y Decreta la imposición de Medidas cautelares Sustitutivas a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, al ciudadano RUBEN DARIO REBOLLEDO, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el Artículo 42 de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una vida Libre de Violencia, consistente en consistentes en la prohibición de acercarse a la víctima, prevista en el articulo 92 numeral 8 de la Ley Orgánica sobre el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Se acuerda que el presente asunto se siga tramitando por las disposiciones atinentes al Procedimi.....