Por todos los argumentos antes expuestos este Tribunal Penal de Primera Instancia, Estadal y Municipal en Funciones de Segundo de Control Estadal del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, con sede en Santa Ana de Coro en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley emite los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se admite la precalificación fiscal en contra de los ciudadanos NIXON OLIVER MORALES FREITES y NOEL JOSE COLINA HIDALGO, por los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD previsto en el artículo 216 del Código Penal, para ambos y USO DE FACSIMIL previsto en el artículo 111 de la Ley Para el Desarme y Control de Armas y Municiones, en relación al ciudadano NIXON OLIVER MORALES FREITES. En este estado se impone a los imputados de las medidas alternativas a la prosecución del proceso, y en especial de la SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO, conforme a lo establecido en el artículo 361 del Código Orgánico Procesal Penal, manifestando los ciudadanos c.....