Por todo lo antes expuesto este Tribunal Segundo de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, RESUELVE: PRIMERO: Declara parcialmente con lugar la solicitud Fiscal. SEGUNDO: Impone al ciudadano FELIX ANTONIO VICIERRA ORTIZ, venezolano, de 20 años, nacido en Mene Mauroa, en fecha 10/03/86, titular de la cédula de identidad, N° 18.576.635, trabaja de Albañilería en Mene Mauroa, hijo de Ángela Margot Ortiz y Felipe Antonio Vicierra (difunto), residenciado en la Población de Mene Mauroa, Pueblo Viejo cerro La Miranda, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO EN RINA, previsto y sancionado en el artículo 422 del Código Penal, MEDIDA DE DETENCIÓN DOMICILIARIA, de conformidad con lo previsto en el artículo 250, 251, 252 y 256 ordinal 1° todos del Código Orgánico Procesal Penal. TERCERO: Se decreta la detención en flagrancia y se ordena que el presente procedimiento se co.....