este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en función de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, emite los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ADMITE totalmente la acusación Fiscal presentada por el Fiscalía 10º del Ministerio Público en contra del ciudadano JOSÉ ANTONIO BERMUDEZ ROMERO, venezolano, de 42 años de edad, titular de la cédula de identidad N° 9.926.627, domiciliado en la Urbanización La Velita II, Vereda 73, casa N° 12 de esta Ciudad de Coro, Municipio Miranda del Estado Falcón, por el delito de LESIONES PERSONALES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en concordancia con el artículo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del niño, en perjuicio del Adolescente IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNA, ello por llenar los extremos del artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal.
SEGUNDO: ACUERDA, conforme a los artículos 42, 43, 44, 329 y 330 ordinal 8º del Código Org.....