En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Segundo de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en la ciudad de Coro, PRIMERO: DECRETA LA LIBERTAD INMEDIATA, de los ciudadanos ALEXIS RAMON PETIT y RAFAEL ANTONIO ARIAS, ampliamente identificados en el expediente, por no estar acreditados en su contra los presupuestos del artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: SE DECRETA LA APLICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO ORDINARIO, de conformidad con los artículos 280 y 283 del Código Orgánico Procesal Penal.