En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en función de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón, ÚNICO: NO HA LUGAR A EMITIR PRONUNCIAMIENTO JUDICIAL, respecto a la solicitud propuesta por el ciudadano Homero Jesús Díaz, toda vez que el Tribunal resolvió la petición en fecha 24-2-06, adquiriendo la resolución judicial carácter definitivo y firme, y, en consecuencia, valor de cosa juzgada.