Por los fundamentos expuestos, este Juzgado TERCERO de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón con sede en Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: PRIMERO: Se DECLARA CON LUGAR la solicitud de Imposición de Medidas Cautelares Sustitutivas a la Privación Judicial Preventiva de Libertad incoada por el Fiscal QUINTO del Ministerio Público del Circuito Judicial del Estado Falcón con sede en Coro, ciudadana DR. WILMER LUQUEZ LANOY, en contra del ciudadano SAASA SAKER RASHID DAUD, por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMAS DE FUEGO, previsto y sancionado en el Artículo 278 del Código Penal Venezolano, perpetrado en perjuicio del ORDEN PÚBLICO; SEGUNDO: Se decreta en favor del aludido ciudadano la Medida Cautelar prevista en el numeral 3° del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, referidas a la presentación periódica cada TREINTA (30) DIAS p.....