Este Tribunal Penal Tercero de Control de Coro, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA la imposición de Medidas Cautelares a los imputados FRANCISCO JOSÉ PIRONA MARTÍNEZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 16.709.621, mayor de edad, nacido en Coro el 9/9/84, de 22 años, soltero, profesión u oficio Técnico en refrigeración, residenciado en Las Calderas, Sector 19 de Abril, Calle 2, casa 56, Vía el Tubo, número de teléfono 0412-6591110 y FRANCISCO RAFAEL PIRONA, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 7.497.674, mayor de edad, nacido en Coro el 20/12/61, de 45 años, Casado, profesión u oficio Cauchero, residenciado en Las Calderas, Sector 19 de Abril, Calle 2, casa 56, número de teléfono 0416-9658255, previstas en los Ordinales 3 del Artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presentación cada 30 días por ante el tribunal, por el presunto delito de LESIONES PERSONALES; .....