Por todo lo antes expuesto, este Tribunal de Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Falcón, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley condena al ciudadano: Leomar Ramón Chirinos Chirino, Venezolano, de 25 años de edad, Soltero, Residenciado en la Urbanización Ampíes, Calle 02, Casa S/n, Coro, Estado Falcón y Titular de la Cédula de Identidad No. V-15.702.484, a cumplir la Pena de TRES (03) años de Prisión por la Comisión del delito de delito Hurto Calificado, previsto y sancionado en el Artículo 455 ordinales 3° y 4° del Código Penal de Vigencia anterior. En Consecuencia Líbrese la respectiva Boleta de Encarcelación. Quedan notificadas las partes en la Audiencia por estar presentes. Remítase el presente asunto al respectivo Juez de Ejecución en su debida oportunidad. Notifíquese a las partes. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en Santa de Coro a los Siete (07) días del mes de Abril de Dos Mil Seis. Años 195º de la Indepen.....