En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Segundo de Control de la Circunscripción Judicial Penal del estado Falcón con sede en ésta ciudad de Santa Ana de Coro, DECRETA: PRIMERO: Se decreta CON LUGAR la solicitud fiscal, y consecuencia se decreta la MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD de conformidad con los artículos 236, 237 y 238 del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con la parte in fine del articulo 242 ejusdem a los imputados ARNARDO JAVIER GUTIERREZ ESCORCIA Y FRANCISMAR CAROLINA RIVERO, precalifico el delito como EXTORCION previsto y sancionado en el artículo 17 con el agravante prevista en el articulo 19 ° 5 de la Ley contra el secuestros y la extorsión, el delito de asociación Ilícita para delinquir prevista en el artículo 37 de le ley Orgánica contra la deficiencia organizada y financiamiento a Terrorismo y para la imputada FRAN.....